OFERTA EDUCATIVA

En 2020 seguimos apostando por la formación educativa y cultural. Por ello, desde la Escuela de Adultos presentamos una amplia oferta de cara al segundo trimestre del actual curso 2019/2020.

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Sistema Especial de Pago (SEP)

El Ayuntamiento de Ajalvir, a partir del ejercicio 2020, dispone de un sistema de pago que permite además del fraccionamiento de la deuda, el disfrute de una bonificación del 2,00% del importe de la cuota a pagar, establecida en la Ordenanza Fiscal del Impuesto.

Para poder acogerse a este sistema, los solicitantes deben reunir los siguientes requisitos:

  • Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento a 31 de diciembre del año anterior al de la aplicación del SEP.
  • Coincidencia del titular de los recibos con titular de la c/c.
  • Que no hayan renunciado al SEP o se les hubiera revocado por causas imputables al mismo en el ejercicio anterior a aquel en que se presente la solicitud.

La solicitud sea presentada antes del 5 de febrero o siguiente día hábil, caso contrario surtirá efectos en el ejercicio siguiente.

En caso de falta de pago de una de las cuotas mensuales, se procederá a la extinción de la aplicación del SEP, procediéndose a liquidar la deuda por los tributos cuyo pago estaba acogido a este sistema en la fecha que corresponda a cada uno de los mismos en periodo voluntario, perdiendo la correspondiente bonificación de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Fiscal.

Las cuotas tributarias de aquellos débitos acogidos al SEP gozarán de una bonificación del 2 % que se aplicará en la liquidación del último plazo. En ningún caso el importe máximo de bonificación anual podrá superar los 100 €.

OBSERVACIONES:

  • Este documento se presentará en el Registro de Entrada del Ayuntamiento.
  • En la modalidad de pago por domiciliación dentro del periodo voluntario, la orden de domiciliación surtirá efecto en el presente ejercicio siempre y cuando se presente al menos 2 meses antes del comienzo del periodo voluntario de pago ordinario de recibos de tributos de cobro periódico en caso contrario surtirá efectos en el ejercicio siguiente.
  • En la modalidad de pago SEP, la solicitud se habrá de presentar hasta el 5 de febrero del año de devengo de los tributos a fraccionar, caso contrario surtirá efectos en el ejercicio siguiente.

El Sistema Especial de Pagos (SEP) determina que los pagos de los tributos afectados se realizarán en 9 cuotas mensuales, pagando la primera en el mes de marzo y la última en el de noviembre debiéndose efectuar el pago obligatoriamente mediante domiciliación en una única cuenta en la entidad de depósito que designe el contribuyente. Todas las cuotas serán idénticas en su importe a excepción de la última que se determinará por el resultado de la diferencia entre lo pagado en los plazos anteriores y lo que se hubiera pagado por el procedimientos o plazos ordinarios, menos la bonificación correspondiente. Los pagos se cargarán en cuenta los días 20 del mes que corresponda o el siguiente día hábil.

El sistema se aplicará a solicitud de los obligados al pago y comprenderá todos los tributos de vencimiento periódico excepto el IAE e IVTM, que el sujeto designe en el momento de presentar la solicitud con un importe mínimo de 200 € entre todos los impuestos, beneficiándose como máximo de una bonificación de 100 € por contribuyente y año. La adhesión a esta modalidad supone para el sujeto pasivo la imposibilidad de realizar el pago de la deuda en el periodo de pago general, debiendo realizar el pago de cada cuota fraccionada a su vencimiento.

Las cuotas tributarias de aquellos débitos acogidos al SEP gozarán de una bonificación del 2 % que se aplicará en la liquidación del último plazo. En ningún caso el importe máximo de bonificación anual podrá superar los 100 €.

Mas información dpto. recaudación Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; 91-884-33-28 Extensión 1.ORDEN_DE_DOMICILIACION_BANCARIA_DE_TRIBUTOS.pdf

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RECLAMACIÓN DEUDA INTERESES CESPA-FERROVIAL

Con fecha de 6 de noviembre 2019 se recibe en el Ayuntamiento una solicitud de ejecución de deuda por intereses al no cumplir con el plazo de pago de facturas como así se firmó en contrato con la empresa adjudicataria desde el 2008 de recogida de residuos CESPA S.A (Ferrovial) sumando un total de:

Facturas vencidas pendientes de pago desde el 30 de septiembre de 2018 por un total de 370.549,31 €

Reclamación deuda intereses de los cuatro últimos años por no cumplir plazo de pago desde el año 2015 un total de 31.788,3 €

Total deuda: 402.337.61 € 

CESPA1CESPA 2CESPA 3CESPA 4

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NUEVA RECLAMACIÓN DE INTERESES POR LOS TERRENOS DE LA BASCULA

Con fecha 31 de octubre se recibe en el Ayuntamiento una solicitud de ejecución del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 25 de Madrid, sobre el procedimiento Ordinario 121/2015. El cual nos solicita de nuevo intereses de demora de dicho procedimiento.

INFORMACIÓN PAGOS REALIZADOS SENTENCIA BASCULA:

  • 23 de julio del 2018 primer importe abonado ………..301.668,75 €
  • 02 de enero del 2019 segundo importe abonado .......301.668,75 €
  • 29 de octubre del 2019 intereses abonados ……………..44.605,65 €
  • Total, de pagos realizados ……………………………647.943,15 €

Reclamación intereses a 31 de octubre del 2019……………. 60.159,62€

 Ascendiendo a un total de sentencia más intereses de 708.102,77 €

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